e-Reporting en Francia
En Francia, las empresas tendrán que transmitir a la administración una serie de datos sobre las transacciones, en función del tipo de transacción comercial realizada.
Otros proyectos de reporting fiscal
Nuevo sistema de e-Reporting en Francia
e-Reporting es el nuevo sistema de transmisión de datos de las transacciones establecido por la Direction Générale des Finances Publiques (DGFiP) en el marco del proyecto de generalización de la facturación electrónica.
La obligación de declaración electrónica sigue el mismo calendario que la factura electrónica B2B. Las declaraciones electrónicas afectan a todas las empresas que realizan transacciones B2C y B2B a nivel internacional.
Empresas grandes y medianas
Obligación de emitir facturas electrónicas y de presentar declaraciones electrónicas para las grandes y medianas empresas.
Obligación de recibir facturas electrónicas para todas las empresas.
¿A qué operaciones afecta el e-Reporting?
Datos relativos a las transacciones B2C.
Inspirándose en países como España, la DGFiP también ha propuesto informar sobre las transacciones B2C. La propuesta incluye 3 escenarios diferentes en función de la infraestructura tecnológica de las empresas.
Si la empresa utiliza un software de punto de venta (POS): deberá declarar un resumen de todos los tiques emitidos durante el día, llamado tique Z.
Si la empresa emite facturas electrónicas: puede transmitir los datos de facturación requeridos a la administración, a través del mismo canal que el utilizado en el circuito de la factura electrónica B2B, sin transmitirlos al cliente final.
Si la empresa no dispone de un sistema informático: debe enviar un resumen de las operaciones realizadas en el periodo (cada diez días o cada mes).
Datos relativos a las transacciones B2B a escala internacional
La información sobre las operaciones siguientes se debe enviar a la administración:
Las entregas intracomunitarias de bienes y servicios.
Las exportaciones realizadas a favor de empresas de fuera de la UE.
Las operaciones destinadas a comunidades de ultramar.
Las adquisiciones intracomunitarias
Solución EDICOM - eReporting
FAQ sobre E-Reporting
¿Qué empresas deben realizar declaraciones electrónicas en Francia?
Todas las empresas que realizan transacciones B2C y B2B a nivel internacional. Son operaciones que no dan lugar a facturación y/o que no se realizan entre sujetos pasivos del IVA.
¿Cuándo serán obligatorias las declaraciones electrónicas en Francia?
La obligación asociada a las declaraciones electrónicas sigue el mismo calendario que la factura electrónica B2B:
- Septiembre 2026 para las empresas grandes y medianas.
- Septiembre 2027 para las PYMEs y microempresas
¿Cuáles son las operaciones afectadas por las declaraciones electrónicas?
Las operaciones afectadas por las declaraciones electrónicas son las transacciones realizadas en un marco B2B internacional y las transacciones B2C.
¿Con qué frecuencia deben realizarse el e-Reporting?
La frecuencia de presentación dependerá del régimen fiscal al que esté sujeto cada empresa.
Para las empresas sujetas al régimen fiscal normal, deberán realizarse 3 transmisiones al mes, en un plazo de 4 días a partir del 10, 20 y último día del mes.
Las empresas con un régimen fiscal especial tendrán que presentar una declaración electrónica mensualmente, en los 7 días siguientes al final del mes.
¿Cuál es la diferencia entre declaración electrónica (e-Reporting) y facturación electrónica?
La principal diferencia entre la declaración electrónica y la facturación electrónica reside en las transacciones implicadas. La facturación electrónica se aplica a las operaciones entre sujetos pasivos establecidos en Francia que entran en el ámbito de aplicación del IVA y a las que se aplican las normas de facturación francesas.
Las operaciones afectadas por las declaraciones electrónicas son las transacciones realizadas en un marco B2B internacional y las transacciones B2C.
¿Estarán las empresas no establecidas en Francia sujetas a las obligaciones de la declaración electrónica?
Las empresas extranjeras no establecidas en Francia pueden estar sujetas a la obligación de declaración electrónica, siempre que se considere que las operaciones se realizan y están sujetas al IVA en Francia. Lo más frecuente es que se trate de operaciones realizadas con un particular o una asociación, imponibles en Francia (por ejemplo, ventas a distancia de bienes intracomunitarios).
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